Este 31 de mayo se vence el plazo para que las pequeñas y medianas empresas puedan descontar hasta el 10 por ciento del monto de sus inversiones del Impuesto a las Ganancias.
Según informó la Secretaría de Emprendedores y PyMEs informó que aquellas personas físicas o jurídicas con cierre de ejercicio entre julio y noviembre de 2016 podrán acceder al beneficio hasta mañana. Este aplica para las inversiones productivas realizadas entre julio 2016 y diciembre de 2018.
Para acceder a este beneficio, las PyMEs deben inscribirse en el Registro PyME y habilitar la plataforma Trámites a Distancia.
Este registro ya cuenta con más de 230.000 compañías que ya aceden a los beneficios vigentes de la Ley PyME. Esta regulación permitió la eliminación de impuestos e incrementó las posibilidades de financiamiento, entre otras cosas.
¿De qué se trata el Registro PyMEs?
IProfesional detalló cómo es el proceso para inscribirse en este registro y acceder de esta manera a sus múltiples beneficios.
En primer lugar, se debe ingresar a la página de AFIP con CUIT y clave fiscal, y habilitar desde el “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” el servicio F.1272 “PyMEs solicitud de categorización y/o beneficios” y el servicio de “Trámites a Distancia”.
Luego de completar el formulario del servicio, recibirá un mail con el resultado de la categorización, una notificación a e-ventanilla y deberá descargar el certificado de “Trámites a Distancia”, ya que es el documento que acredita la condición de MiPyme frente a terceros.
La vigencia de esta inscripción es desde su emisión hasta el último día del tercer mes posterior al cierre de ejercicio fiscal de la empresa solicitante.